Oaxaca de Juárez, Oaxaca a 17 de marzo de 2021.- En sesión pública realizada mediante videoconferencia, el Pleno del Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca (TEEO) ordenó al Consejo General del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO) emita los lineamientos específicos, que establezcan, de manera concreta, una cuota específica de candidaturas a favor de las personas que integran la comunidad LGBTTTIQ+.
En la sentencia del Juicio para la Protección de los Derechos Político Electorales del Ciudadano con clave JDC/62/2021, se advirtió que el Instituto Electoral local fue omiso en emitir acciones afirmativas a favor de esa comunidad, ya que, si bien, en el acuerdo IEEPCO-CG-04/2021 se implementaron medidas en favor de grupos vulnerables, lo cierto, es que en ellas no se contempla a la población LGBTTTIQ+.
Con el voto en contra del Magistrado, Raymundo Wilfrido López Vásquez; el Pleno advirtió que el Consejo General del IEEPCO partió de una premisa errónea al considerar las reformas al Código Civil del Estado de Oaxaca, que dan la posibilidad a las ciudadanas y ciudadanos de obtener su identidad de acuerdo al género al que se autoadscriba; ya que son limitativas, toda vez que solo refieren a las personas trans o muxes, dejando fuera a diversas personas de la comunidad LGBTTTIQ+.