La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó, por mayoría de votos, el acuerdo INE/CG418/2024 del Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) por el que determinó la no aprobación del acuerdo mediante el cual se establecen medidas específicas para contribuir a evitar el uso político de los programas sociales, compra, coacción e inducción del voto, así como acciones que generen presión sobre el electorado durante el proceso electoral federal 2023-2024.
Inconforme con lo anterior, el Partido Acción Nacional (PAN) impugnó el acuerdo al considerar que, en su concepto, la responsable no fue exhaustiva, ya que no expuso los motivos o razones por los que la propuesta de acuerdo no podía implementarse.
En sesión pública presencial, la Sala Superior, a propuesta de la magistrada presidenta Mónica Aralí Soto Fregoso, determinó que el Consejo General del INE sí fue exhaustivo, porque en la sesión en que se analizó y discutió el proyecto de acuerdo, las consejerías expusieron las razones que las llevaron a considerar la no aprobación de la propuesta.
Al respecto, el pleno consideró que existen mecanismos y lineamientos que regulan la actividad de las personas servidoras públicas que manejan programas sociales, así como de una estrategia institucional relacionada con el tema de compra o coacción del voto y delitos electorales activa en redes sociales, radio y televisión, para preservar la imparcialidad y equidad en los procesos electorales.
En consecuencia, se confirmó el acuerdo impugnado (SUP-RAP-195/2024).