Oaxaca de Juárez, Oaxaca a 28 de abril de 2021.- En sesión pública realizada por videoconferencia, el Pleno del Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca (TEEO) determinó que el Partido Político Fuerza por México vulneró los derechos a una tutela judicial efectiva, de Víctor Hugo Ortiz Tello, quien se ostenta como aspirante a candidato a Presidente Municipal de Santa Lucía del Camino.
En la sentencia del Juicio para la Protección de los Derechos Político Electorales del Ciudadano, identificado con la clave JDC/120/2021, por unanimidad, la Magistrada y los Magistrados determinaron que la responsable, no dio trámite al recurso de inconformidad interpuesto por el actor, y mucho menos notificó acuerdo alguno.
Expusieron que, del análisis de las constancias remitidas por el partido político, se advirtió que estas fueron prefabricadas, ya que estas documentales no generan certeza a este Tribunal para tener por acreditado el trámite del recurso interpuesto por el actor, toda vez que hay fechas que discrepan de los hechos acontecidos en el presente asunto.
El promovente denunció la omisión y/o negativa de la Comisión Nacional de Legalidad y Justicia del partido Fuerza por México, de dar trámite y resolver el fondo de su recurso de inconformidad interpuesto el uno de abril pasado.
En consecuencia, este órgano jurisdiccional ordenó a Fuerza por México atender el recurso presentado por Ortiz Tello.
En la misma resolución, el TEEO sobreseyó el presente juicio únicamente por cuanto hace a la responsabilidad del Comité Directivo Estatal de Fuerza por México en Oaxaca en este asunto, toda vez que se advierte que, por estatutos, la Comisión Nacional de Legalidad y Justicia de ese partido, es la única instancia para resolver los procedimientos de justicia intrapartidaria e imponer sanciones.
Respecto al agravio consistente en la indebida fundamentación y motivación de la responsable de solicitar el registro de una persona de un partido distinto, sin analizar que el actor tiene el mejor derecho para ser registrado como candidato a Presidente Municipal de Santa Lucía del Camino; el Pleno lo declaró inoperante, ya que ese instituto político aún no ha efectuado un pronunciamiento al respecto.